El fideicomiso es una herramienta con la cual una persona transfiere bienes propios a otra persona. Quien transmite los bienes es llamado fiduciante y quien los administra es el fiduciario, con el objetivo del beneficio propio o también de una tercera persona llamada beneficiario. El fiduciario puede ser una persona física o jurídica, y puede recibir tanto sumas de dinero como derechos. Para realizar la entrega de los mismos, se realiza un contrato de fideicomiso a una entidad fiduciaria para que los administre y ejecute con un objetivo legítimo.
Una de las características principales y más atrayentes del fideicomiso es que el contrato que rige la conformación de este patrimonio no puede ser perseguido ni por el fiduciario ni por el fiduciante. Más aún, el patrimonio no puede verse afectado por la quiebra de ninguna de las partes. Ya que ninguna de las partes es propietaria de los bienes, sólo se puede comerciar con los fines estipulados en el contrato de fideicomiso: el patrimonio es entregado de una parte a la otra con un objetivo en beneficio de la tercera parte.
El fideicomiso sirve para establecer un marco jurídico en el que determinados bienes se utilicen con un fin previamente estipulado y que los beneficios obtenidos sean recibidos por la persona determinada de antemano en el contrato. De esta manera, los bienes están a resguardo de cualquier tipo de acreedores, ya sean del fiduciante, del fiduciario e incluso de los beneficiarios finales. El fiduciario determina en el contrato la finalidad a la que quedan atados los bienes transferidos a título fiduciario.
El contrato de fideicomiso tiene múltiples utilidades: desde grandes proyectos de inversión con muchos socios a relaciones comerciales individuales como por ejemplo la estructuración de desarrollos inmobiliarios.
Los fideicomisos pueden dividirse en dos grupos: fideicomisos ordinarios y fideicomisos financieros. Dentro los primeros, se encuentran el testamentario, de seguros, de nacionalización, de renta, de administración, como solución de convocatoria, de inversión y de garantía.
A su vez, existen tres tipos de funcionalidades del fideicomiso:
“Leasing” es un término en inglés que se ha convertido en habitual por su utilización al momento de iniciar un negocio o franquicia, emprendimientos que tienen un alto costo de locales o maquinaria. Es el leasing la herramienta que permite afrontar dichos gastos con mayores beneficios.
El contrato de leasing es un instrumento mediante el cual el arrendador (posiblemente una entidad financiera) cede el derecho a usufructuar un bien de su propiedad a cambio del pago de rentas en un plazo estipulado. Al término del mismo, el arrendatario cuenta tres opciones: devolver el bien, renovar el contrato o comprarlo pagado un precio acordado.
Si el arrendatario decidiera adquirir el bien, lo hace por un precio determinado al que se denomina “residual”, dado que su cálculo se obtiene por la diferencia entre el precio original abonado por el arrendador –al cual se le suman intereses y gastos– y las cantidades ya abonadas por el arrendatario al arrendador. En caso de decidir no adquirir el bien, deberá prorrogar el contrato o bien devolverlo.
Podemos encontrar el leasing en dos tipos de modalidades principales:
Al momento de hacer un leasing hay que calcular diferentes costos, como la depreciación del bien y el costo específico del préstamo del dinero. El costo del leasing será un interés –el cual resulta muy adecuado, sobretodo en empresas con poco capital–, más el cálculo de amortización del equipo.
El leasing tiene muchas ventajas: se puede financiar la totalidad de la inversión, es flexible en cuanto a plazos y acceso a bienes, permite conservar condiciones de compra al contado y el capital de trabajo. Es una clara oportunidad de renovarse tecnológicamente y la operación en sí es ágil.
También vale mencionar que el cliente mantiene libre su capacidad de endeudamiento, sin bien la operación forma parte del riesgo financiero comercial, a efectos bancarios. Dado que la cuota de amortización es un gasto tributario, y que el valor total del equipo se rebaja como gasto (salvo la cantidad de la opción de compra), la empresa puede obtener ahorros tributarios gracias a que en el plazo de leasing dicha rebaja puede ser menor a la depreciación acelerada. En definitiva, el leasing le permite a la empresa el mantenimiento de la propiedad.
Hay algunas contrapartidas al leasing, como ser el mayor costo financiero de la deuda con respecto al crédito bancario. Esto se debe a que el cliente tiene que cancelar un seguro por el bien.
Por último, para lograr las ventajas de orden fiscal, hay que cumplir las siguientes condiciones:
Si bien en los últimos tiempos crecieron los pagos realizados por cualquiera de las vías electrónicas (transferencia bancaria, mercado pago, etc.), el cheque continúa siendo una herramienta muy utilizada. Entre las PyMEs y el mundo del comercio en general es valorado por permitir financiamiento y poder establecer plazos entre proveedores y clientes.
La problemática mayor con los cheques es clara: cada año se rechazan cerca de un millón y medio por falta de fondos. El camino a desandar para quienes lo reciben es arduo, e incluye gestiones y trámites que bien pueden terminar en la justicia, generando costos financieros y pérdida de tiempo.
Para solucionar estos inconvenientes, el mundo tecnológico produjo distintas soluciones. Una de ellas es Chequeas, una app que permite conocer los antecedentes financieros de quien emite el cheque para saber si aceptarlo o no: se le toma una foto al sector del cheque en el que aparece el CUIT del liberador. Al instante, aparece un informe de diferentes fuentes sobre dicho CUIT. Estas fuentes son:
Si bien toda la información está en bases públicas, su búsqueda por separado haría la tarea demasiado incómoda. De esta manera, se puede testear en tiempo real cada uno de los cheques al momento de recibirlo y, llegado el caso, rechazar los que tengan malos antecedentes.
Esta herramienta está orientada a las PyMEs pero algunas grandes empresas ya la utilizan, como es el caso de Metrogas. Según datos de la empresa, un 21% de los CUIT analizados por Chequeas registra antecedentes negativos. Al momento del cobro, una pequeña empresa puede decidir si recibe o no el cheque, sabiendo el perjuicio que puede ocasionar a futuro.
En el historial crediticio queda marcado en caso de que haya un cheque rechazado. Esta huella es reproducida por la base de datos pública del BCRA o de empresas como Veraz o Nosis. Es necesario resolver el problema lo antes posible, dado que esto repercutirá en relación al tiempo en que permanecerá visible para los demás.
En las condiciones que dispone el Banco Central, si el cheque rechazado por falta de fondos es cancelado hasta dentro de quince días corridos de la fecha de rechazo, será dado de baja dentro de los dos días hábiles siguientes a que el BCRA sea comunicado de la cancelación. Si en cambio es cancelado entre dieciséis y noventa días, el registro en la Central de Deudores permanecerá por un año. Si es cancelado después de los noventa y un días, figurará por dos años. Si el cheque no fuera cancelado, quedará registrado por cinco años.
Como hemos visto en artículos anteriores, las criptomonedas son un recurso considerable a la hora de realizar una inversión. Pero tanto el Bitcoin como el Ether están caracterizadas por una extrema volatilidad, lo que hace que su uso siga siendo riesgoso. Por eso se ha desarrollado un instrumento financiero que continúe asociado a la tecnología “Blockchain”, pero que consiga más estabilidad: las “stablecoins”.
Este nuevo tipo de criptomonedas están asociados al valor de una moneda “fiat” (como el euro o el dólar), a algún tipo de bien material, o también a otra criptomoneda. Este tipo de “criptomonedas estables”, como DAI o Tether, también pueden estar controladas por algoritmos, y el objetivo es lograr esa estabilidad que permita una inversión segura.
Si los diferenciamos en grupos, según su estrategia para lograr reducir la volatilidad, nos encontramos con dos tipos de Stablecoins: las colateralizadas o respaldadas son aquellas que están asociadas a valores externos; las no colateralizadas o no respaldadas emplean algoritmos para evitar las variaciones de precio, y su estabilidad dependen de la propia cadena de bloques. Dentro del primer grupo, diferenciamos tres categorías:
Por otro lado, las Stablecoins no colateralizadas emplean algoritmos para evitar las fluctuaciones de precio. Esto se logra gracias al blockchain y a “smart contracts”. USDX, por ejemplo, emplea algoritmos para que el precio del “token” esté virtualmente pegado al dólar, gracias al servicio descentralizado de los smart contracts que regulan su funcionamiento. Una de las contras de este tipo de monedas es su imposibilidad de sortear algunas regulaciones estatales. Tal es el caso del Basecoin, que debió dar por terminado el proyecto al saberse imposibilitados de cumplir con la regulación estadounidense.
En el artículo anterior nos referimos al Bitcoin, su definición y sus usos. Por supuesto, no es la única criptomoneda del mercado. Así por ejemplo, encontramos el Ether.
Ethereum es una plataforma digital que adopta la tecnología de “Blockchain” (cadena de bloques). Ether, su criptomoneda, es la segunda más grande del mercado.
Ether, al igual que el Bitcoin, forma parte de un sistema financiero autónomo de pares, esto es, libre de cualquier intervención gubernamental. La plataforma Ethereum fue creada por el programador Vitalik Buterin en 2015, con la perspectiva de crear un instrumento para aplicaciones colaborativas y descentralizadas.
Ether (ETH), su criptomoneda nativa, es un Token que puede ser utilizado en transacciones que usen este software. El valor de Ether, al igual que sucedió con el Bitcoin, se disparó en un corto periodo de tiempo.
El valor de Ether ha demostrado ser volátil: en enero del 2019 cotizaba cerca de 1 USD y a los dos años llegó a su nivel más alto, 1391 USD. No obstante, su precio actualizado a la fecha es de aproximadamente 390 USD. Si bien es cierto que su precio es fluctuante, también es verdad que es una de las pocas monedas que cuenta con capitalización de mercado significativa, junto con el Bitcoin y el Bitcoin Cash.
¿Cómo funciona Ether?
Al igual que otras criptomonedas, utiliza un libro digital compartido donde se registran todas las transacciones. Es completamente transparente, de acceso público y casi imposible de modificar a posteriori.
Este “libro contable digital” se denomina Blockchain, y se construye a través del proceso de minería de datos. Los “mineros” son aquellas personas responsables de verificar grupos de transacciones de Ether para formar "bloques", y codificarlos resolviendo complejos algoritmos.
Los nuevos bloques se enlazan entonces a la cadena de bloques anterior y el minero en cuestión recibe una recompensa, en general, un número fijo de Tokens de Ether. Habitualmente son cinco unidades de Ether, aunque esta cifra puede variar si la criptomoneda continúa subiendo.
El blockchain de Ethereum es muy similar al de Bitcoin. Pero posee un software gracias a su lenguaje de programación que permite gestionar transacciones y automatizar resultados, conocido como “contrato inteligente”: si el contrato tradicional establece términos de una relación, el contrato inteligente garantiza que esos términos se cumplen escribiéndolos en código. Ejecutan automáticamente una vez que las condiciones establecidas de antemano se cumplen.
Esto tiene como ventajas la eliminación de los costos y del retraso. También elimina la figura del intermediario, quedan registrados en la cadena de bloques a la vista de todos los usuarios y eliminan los procesos manuales. Como desventaja, al ser un código que se traduce literalmente, un error en la creación del contrato provocaría resultados que no se podrán eliminar.
El Bitcoin es una moneda virtual o “criptomoneda”. Es una unidad de pago que preserva el anonimato de sus propietarios, sin respaldo de un país o siquiera referencia física. Las transacciones con esta moneda se realizan a través de internet, utilizando códigos cifrados y que necesitan confirmación múltiple por los propios integrantes de la red (esto se logra mediante la tecnología de “blockchain”, a los efectos una especie de libro contable que registra la actividad de forma compartida).
El precio de los bitcoins se genera con oferta y demanda en sitios especializados en el comercio de monedas virtuales, cotizando en tiempo real. Un argumento en contra de ellos es que el aumento de precios se dará cuando aumenten los usuarios, criticando la característica piramidal del mismo. En su defensa, se contraargumenta que no hay una promesa de rentabilidad ni único emisor beneficiado. Actualmente, no es necesario mucho dinero para cambiar el precio del bitcoin, de ahí su volatilidad: se considera valorado en 300.000 millones aproximadamente. Para que sea relevante a la economía del mundo, debería llegar a 10 billones.
Los nuevos bitcoins se generan en un proceso llamado minería, en el cual individuos procesan transacciones y aseguran la red, y recogen bitcoins a cambio. El número de bitcoins creados se reduce a la mitad de forma automática en el tiempo, y se detendrá por completo cuando llegue a 21 millones de bitcoins, lo cual eleva su precio. A su vez, es de código abierto, por lo que cualquiera puede crear su propia versión modificada de la moneda.
Los bitcoins se adquieren en agencia de cambio en internet, para la cual hay que abrir una cuenta, depositar dinero y comprar la divisa elegida.
Si bien los amantes del bitcoin defienden la seguridad del proceso descentralizado, es cierto que el sistema podría ser vulnerado y, dado que las operaciones realizadas no se pueden anular y son anónimas, el robo de datos no tiene solución.
La pregunta del millón entonces sería: ¿es aconsejable invertir en bitcoins? Una base certera de la cual partir es que ninguna inversión es segura en su totalidad. Incluso los defensores de las criptomonedas han hablado en contra de invertir ahorros en monedas virtuales, dada su volatilidad. Es cierto que las rentabilidades acumuladas en el último año por ejemplo hacen que sea el activo de mayor revalorización de la historia. Como también es argumentable que en la actualidad comprar bitcoins para el ahorro se asemeje más a un juego de azar que a una inversión de la seriedad que se precisa.
Las Letras del Tesoro de la Nación (LETES) son una herramienta que utiliza el Tesoro Nacional mediante la cual emite títulos de deuda (o bonos) de corto plazo. Pueden estar denominados en dólares estadounidenses o en pesos. Su compra está permitida a todas las personas físicas o jurídicas interesadas.
Las LETES son un instrumento de inversión. Para hacerlo, es necesario que la persona (física o jurídica) tenga una cuenta comitente en un banco o en una sociedad de Bolsa. Dependiendo de la entidad, el pedido para realizar la inversión se debe concretar mediante homebanking o vía telefónica. Según el banco, las inversiones pueden tener su propia línea de comunicación. Algo similar sucede con los agentes de bolsa.
Si bien por lo general, hay dos plazos de vencimiento al mes, los mismos se indican en cada llamado a licitación. Además, puede establecerse la Tasa Nominal Anual, esto es, cuando se prevé realizar una licitación por adhesión o con precio máximo de colocación. En general, las LETES suelen ser instrumentos financieros a tasa de descuento.
Si bien los montos mínimos de inversión (por cada licitación) están sujetos a variación, en general se puede invertir a partir de los $10.000 o U$D 1.000. Para establecer el tipo de cambio se utiliza de referencia la Comunicación “A” 3500, la cual refiere al dólar mayorista, del BCRA, correspondiente al día previo a la licitación, la cual se publica en el sitio web del BCRA. En cada subasta de LETES, tienen prioridad las órdenes ingresadas en el tramo no competitivo (aquel en el cual se canalizan las órdenes que indican la cantidad y el precio requeridos), dado que se consideran en su mayoría órdenes minoristas. De acuerdo al nivel de ofertas el precio de corte se determina en la licitación. A dicho precio se le adjudican las órdenes del tramo no competitivo y las que son aceptadas del tramo competitivo (aquel en el cual se canalizan órdenes que indican solamente cantidades a suscribir, órdenes con precio mayor o igual al corte).
Las LETES se acreditan al vencimiento y es directa a la cuenta comitente del tenedor, en caso de que los tenga depositados a través de una sociedad de Bolsa, o en la caja de ahorro en pesos o dólares si es a través de una entidad bancaria.
Si bien existe un mercado primario, en el cual hay una colocación inicial del instrumento financiero en la que el emisor interactúa con el mercado y sus intermediarios, también está el mercado secundario, en el que el instrumento financiero ya fue colocado, pudiendo ser vendido o comprado por cualquier participante a un precio pactado por las partes, pudiendo coincidir o no con el precio del mercado primario.
Un cheque es una herramienta que se utiliza como medio de pago en el cual una persona ordena a una entidad bancaria que pague determinada cantidad de dinero a una persona o empresa.
Los actores que intervienen en la emisión de un cheque son el “librador” (persona o empresa que emite y firma el cheque), el “librado” (entidad bancaria que paga el importe del cheque) y el “tenedor” o “beneficiario” (empresa o persona que puede cobrar el cheque. En algunos casos puede haber un cuarto actor, un “endosante” o “avalista”.
Hay distintas modalidades dentro de los cheques: el cheque personal (aquél emitido contra la cuenta corriente de una persona física o jurídica); el cheque conformado (cheque personal en el que el librado garantiza que hay fondos y que se pagará; el cheque bancario (aquél en que el librador es la propia entidad bancaria); cheque de ventanilla o cheque de caja (aquél expendido por una entidad bancaria a sus propias dependencias); cheque de viaje (aquél que se puede canjear por dinero y utilizar como medio de pago en casi todo el mundo).
A su vez, hay distintas formas de emisión de un cheque. Entre ellas, se encuentran:
Tanto el cheque para abonar en cuenta como el cruzado facilitan la identificación de quien los cobra.
En Argentina en los últimos años se implementaron medidas orientadas a reducir el uso de efectivo. Si bien es una tendencia mundial, una de las razones locales es evitar hechos de inseguridad tales como las “salideras bancarias”. Entre esas medidas se encuentra la implementación de un instrumento conocido como Cheque Cancelatorio el cual actúa como un medio de pago que se asemeja al dinero.
Instrumentado mediante la comunicación A 5130 por el Banco Central, el cheque cancelatorio se constituye como un medio de pago que equivale a la entrega de dinero en efectivo. Su principal característica es la eficaciay seguridad que otorga tanto quienes lo emiten como a quienes lo reciben.
En primera medida, la herramienta es gratuita, por lo que ningún banco puede cobrar un costo extra por su utilización. En segundo término, se puede librar tanto en pesos como en dólares. Pero por sobre todo es importante aclarar que este instrumento, en su versión en dólares, es exclusivamente ideado para cancelar operaciones de compraventa de inmuebles.
Para verificar su validez, el BCRA habilitó una página web, la cual permite a las entidades financieras como al público chequear la legitimidad de los cheques cancelatorios.
El cheque cancelatorio debe comprarse en una entidad financiera en la cual el solicitante tenga una cuenta y firma registrada. La misma librará el cheque solicitado, respetando el valor que pida el cliente, siempre y cuando esté en el rango entre 5.000 a 400.000 pesos, o entre 2.500 a 100.000 dólares.
Si la cantidad a pagar por el cliente es superior, este podrá pedir en su entidad financiera que libre la cantidad de cheques necesarios para cubrir el total.
El cheque cancelatorio en pesos podrá ser comprado por personas físicas mediante un débito en su cuenta. Si el instrumento debe realizarse en dólares, a la posibilidad del débito se suma la entrega de dólar billete.
Los cheques cancelatorios solicitados por personas jurídicas sólo pueden ser emitidos en dólares, y deben ser debitados de la propia cuenta.
También hay reglas para las personas que deseen cobrar un cheque cancelatorio. Son las siguientes:
El cheque cancelatorio también es pasible de ser endosado. El límite de veces para ser endosados es de dos, siempre y cuando sea una persona física el primer beneficiario. Pero los endosos no se realizan del mismo modo que un cheque común: debe firmarse en el dorso en presencia de un escribano, autoridad judicial o funcionario de la entidad financiera, para que certifiquen dicha firma.
Un cheque de pago diferido (o “cheque diferido”, como se lo nombra habitualmente) es una de las variantes del pago con cheque. La característica que lo define es la diferencia entre la fecha de libramiento o emisión y la fecha de cobro, la cual queda establecida para un tiempo posterior.
A la hora de pagar un bien o un servicio, el titular de una cuenta corriente o de ahorro puede emplear este mecanismo, transformándose en el ordenante del cheque de pago diferido.
Para que el cheque de pago diferido tenga validez, la fecha de cobro señalada no puede situarse más allá de un año -como máximo- posterior a la fecha de emisión. Una vez establecido este medio de pago, el portador tiene derecho a recibir la cantidad de dinero que está expresamente señalada en el mismo por parte del banco donde lo canjee.
Por tanto, la utilización de un cheque de pago diferido supone una orden librada por parte del titular de la cuenta ante su entidad bancaria, para que esta última realice la transferencia de dinero al beneficiario del cheque en la fecha de cobro.
Una de las particulares a tener en cuenta es que es menester que en el momento del pago, la cuenta del librador cuente con los fondos necesarios para realizar el pago. De no ser así, tiene que contar con la posibilidad de dejar la cuenta al descubierto y efectuar el desembolso.
Esta metodología supone una ventaja principal: la opción de pago diferida, la cual permite la transacción de estos documentos en el mercado de capitales. Los cheques de pago diferido pueden ser vendidos o comprados, y el beneficiario de los mismos será portador o poseedor en cada momento.
El cheque de pago diferido es una frecuente herramienta de financiación bursátil, dado que cuenta con la posibilidad de que este instrumento sea pasible de ser comercializado en la bolsa de valores.
A diferencia del cheque común, el cheque de pago diferido permite adquirir bienes o servicios sin necesariamente incurrir en el pago al momento de la adquisición, dado que es un instrumento beneficioso para diferirlo.
Es por ello que es una herramienta muy popular entre PyMEs, ya que habilita a acceder a la adquisición de materias primas y otras provisiones para la producción. Así, es posible invertir y aprovechar beneficios de las ventas, para poder cumplir con los pagos pendientes.
En el artículo pasado vimos cuáles son las posibilidades de un cheque cruzado. Entre ellas se encuentra la de endosarlo. Pero en concreto, ¿qué es endosar un cheque? ¿Cómo se hace y para qué sirve?
En algún momento a todos no pudo pasar que nos han pedido que endosemos un cheque y no saber exactamente qué era y cómo hacerlo. Aquí te explicamos los pasos a seguir.
Endosar tiene como significado transferir un cheque, una letra de cambio, un pagaré u otro título de valor a favor de otro titular. Por lo tanto, endosar un cheque es traspasar a una tercera persona el importe del mismo.
Despejada la duda de qué es, vamos a lo procedimental. ¿Cómo endosar un cheque para depositar? Endosar un cheque tiene un procedimiento sencillo, que consta de los siguientes pasos:
Una pregunta habitual es si todos los cheques pueden ser endosados. Y la respuesta es negativa. Sólo pueden ser endosados los cheques nominativos, esto es, aquellos que llevan el nombre del beneficiario explícitamente escrito, sólo si incluyen la cláusula “a la orden” –que es lo que habilita a su endoso para traspaso a otra persona-; y también los cheques al portador.
En el caso de cheques nominativos, hay que aclarar que al endosarlos quedan sujetos al impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
El caso contrario son los cheques con la mención “no a la orden”: esto indica que no pueden ser endosados, por lo que sólo puede cobrarlo la persona a favor de la cual se lo ha emitido. Este elemento se utiliza para proteger al librador del cheque (la persona que lo emite) de que terceros procedan contra él utilizando el juicio ejecutivo cambiario, procedimiento que sólo la persona a cuyo nombre se expidió el cheque podrá emplear.
Entre todas las maneras que tenemos para generar un pago o recibirlo, se encuentra el cheque cruzado. Este tiene la particularidad de asegurarse de recibir el monto a cobrar en algunos de los puntos del banco emitido, con todos sus beneficios.
Profundicemos: un cheque cruzado no admite retiros en efectivo, es decir, es un documento cuyo valor puede sólo ser depositado en el banco establecido de la cuenta del beneficiario.
Para habilitar un cheque cruzado el emisor debe trazar dos líneas paralelas (el grado no es preciso, pero debe tener cierta inclinación, aunque hay excepciones). En su defecto, las dos rayas deben atravesar la parte posterior del cheque, en posición vertical.
Para cambiar el portador, una persona puede aplicar una herramienta llamada “endoso”. La forma correcta de realizarla es firmar la cara trasera del cheque. Quien lo reciba puede cobrarlo o retransmitirlo con un nuevo endoso. Esta forma no obstante no es posible cuando el cheque ha sido emitido con la leyenda “no a la orden”.
La persona endosante tiene la responsabilidad de garantizar el pago del cheque frente a la persona que lo transmitió (proceso que también incluye a aquellos que endosaron el cheque con anterioridad).
Así como vimos su calidad de “endosable”, el cheque cruzado tiene algunas características particulares a tener en cuenta. La primera es la imposibilidad de cambiar su condición: una vez que el cheque se ha “cruzado”, no puede cambiarse. Pero sí es posible convertir cualquier cheque en uno cruzado. En caso de robo o pérdida, la institución pagadora inhabilitará el cheque.
Habitualmente, los cheques cruzados son denominados “a la orden”. El tipo de cheque al portador también puede ser de esta manera, a fin de evitar su cobro en efectivo.
Existen dos subtipos de cheques cruzados:
Los pasos para depositar un cheque cruzado son los mismos que en la mayoría de los casos, con la salvedad que no se puede cobrar en efectivo. Para el depósito es necesario poseer una cuenta en el banco de destino. Debe coincidir el nombre de la persona titular de la cuenta y a la que está emitido el cheque.
En caso de estar endosado, el portador nuevo debe tener una cuenta en el banco indicado en el cheque. Si el mismo es general, sólo es necesaria una cuenta bancaria.
Por último, sólo cuando el cheque se haga efectivo, el dinero podrá ser retirado.
En el artículo anterior revisamos el concepto de Monotributista, tanto en sus ventajas como en sus obligaciones. Se podría decir que la contracara de esto es la figura de Responsable Inscripto.
Todos los contribuyentes alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, el I.V.A o cualquiera de los tributos, están comprendidos en el Régimen General. La inscripción se debe realizar ante la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) por cada impuesto. Por otro lado, si se es trabajador autónomo por fuera de las posibilidades de monotributista, hay que registrarse como Responsable Inscripto para poder realizar aportes a la jubilación (Seguridad Social).
Así como existen ventajas en el monotributo, también las hay al ser Responsable Inscripto, esto es, pertenecer al Régimen General. En el monotributo, por ejemplo, tenemos limitaciones en cuanto a la cantidad de sucursales, mientras que al ser Responsable Inscripto no hay límite para ello, ni de energía consumida o espacio físico. También beneficia a las PyMEs, dado que es más fácil acceder a distintas líneas de crédito. Por otro lado, se puede tomar del I.V.A. el Crédito Fiscal al comprar materias primas o mercaderías.
Por supuesto que así como cuenta con sus ventajas, ser Responsable Inscripto también tiene su contrapartida negativa. Entre otras cosas, se debe calcular el Impuesto a las Ganancias de forma anual, hay un mayor y más estricto control por parte de la Administración Pública, y se debe declarar y abonar mensualmente el I.V.A., en caso de corresponder.
Para realizar la inscripción en Argentina existen dos variantes, y ambas dependen de poseer el CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria). En caso de no poseer CUIT se debe presentar el formulario de Declaración Jurada 460/F en la Dependencia que le corresponda de acuerdo a su domicilio (Cumpliendo con las disposiciones de la RG 10/1997). En caso de no saber cuál es, se puede visitar la página web de la AFIP.
Si ya posee CUIT deberá inscribirse utilizando la Clave Fiscal habilitada para el servicio Sistema Registral por internet. Allí se le presentará la opción de “Empadronamiento/Categorización de Autónomos”. Luego de ingresar los datos, se le dará una constancia de presentación y una credencial para el pago, la cual ya contendrá el Código de Registro Autónomo (CRA), que se corresponderá con la categoría de revista autodeclarada (en caso de estar iniciando la actividad y desconocer la categoría correspondiente, se puede consultar la tabla de categorías existentes).
En lo referido a la facturación, se pueden emitir dos tipos de factura:
El monotributo es una herramienta que tienen los comerciantes, profesionales y trabajadores cuyos ingresos son bajos, de ingresar a la economía formal y poder emitir facturas, tener obra social y aportar a una futura jubilación.
El monotributo se implementó en el año 1998 en Argentina, como una forma de permitirle sumarse a la economía formal a aquellos que no podían pagar la cuota de autónomo general y así poder obtener beneficios.
Los monotributistas se diferencian de los autónomos regulares (que están incriptos en el Impuesto a las Ganancias y/o el IVA y/o Régimen de Autónomos) en que sus ingresos no deben superar un máximo anual previamente determinado. A la vez, el pago mensual que hacen contempla la obra social, el aporte jubilatorio y el impuesto al estado de manera unificada.
Las personas que tienen un oficio, los profesionales que cumplan con el límite de facturación, los que posean una renta proveniente de alquileres propios de inmuebles (que no superen las tres propiedades), quienes tengan un comercio pequeño y un pequeño emprendedor son aquellos que pueden inscribirse como monotributistas. Dentro del monotributo, existen distintas categorías que organizan conforme a lo que se gana y que determinan el aporte mensual que deberá hacer al estado el monotributista.
Al día de hoy podemos encontrar once categorías, ordenadas de la “A” a la “K”, que contemplan desde los que ganan $17.000 hasta $217.000 mensuales. Estas categorías pueden ajustarse cada seis meses según el monotributista facture más o menos. Las fechas de ajuste son los veinte de enero y los veinte de julio.
Entre los muchos beneficios que se consiguen al presentarse como monotributista, podemos encontrar:
Por último, no es desestimable el hecho de estar en regla: poder blanquear ingresos de la economía informal y acceder a beneficios como la obra social o los aportes jubilatorios, pero también a una pensión en caso de invalidez o muerte.
El impuesto al cheque debe su origen a la crisis. Su implementación se dio en el año 2001: fue parte de las medidas económicas impuestas por Domingo Cavallo, quien fuera llamado en plena crisis por el, en su momento, presidente Fernando de la Rúa. Irónicamente, Cavallo es considerado el responsable de esa crisis por ser el padre de la convertibilidad.
La Ley 25.413, formalmente llamada Impuesto a los Débitos y Créditos, se sancionó en tiempo récord, y fue parte del paquete económico de ajuste impulsado por el ministro. Fue considerado un gravamen de emergencia, que incluso contemplaba su fecha de finalización: el 31 de diciembre de 2002. El Impuesto al Cheque cumple diecinueve años de vigencia.
Para saber cuánto es el valor en la actualidad de este impuesto primero hay que repasar algunas cosas. Aunque su nombre popular sea taxativo, el Impuesto al Cheque se aplica sobre todas las operaciones de débito o acreditación que haya en una cuenta bancaria, ya sea de empresa o personal. Así, en todo movimiento bancario el sistema cobra el 0,6%, ya sea por depósito o por cobro o retiro del monto (cada una de estas operaciones conlleva el cobro). El impuesto no tiene la categoría de tributo –tal como la define la teoría impositiva- pero aun así está posicionada como la tercera herramienta de recaudación del Estado. La misma cada vez abarca más terreno, como demuestra por ejemplo que las llamadas billeteras electrónicas (como Mercado Pago, Ualá, entre otras), que anteriormente eran contribuyentes exentos, a partir de mediados de 2019 también comenzaron a pagar el Impuesto al cheque.
Por supuesto, hay algunas excepciones al Impuesto al Cheque, tanto en débitos como en créditos. Por ejemplo: monotributistas que soliciten la exención, algunas cajas de ahorros, acreditación de sueldos y pago de haberes, pensiones y jubilaciones, acreditación de plazos fijos o préstamos, entidades sin fines de lucro, movimientos entre cuentas del mismo titular, las operaciones inmobiliarias. Y, previsiblemente, los estados municipales, provinciales y nacionales.
Es cierto que en algunos casos el Impuesto al Cheque fue perdiendo peso. La ley de beneficio a las Pymes, por ejemplo, permite usar la totalidad del impuesto sufrido para el pago de anticipos y saldo de DDJJ y del Impuesto a las Ganancias.
Dada la precaria situación económica propiciada, entre otros factores, por la pandemia, este año el gobierno estableció una reducción de noventa días para las empresas de salud en el pago de este Impuesto (situación que comenzó a regir en marzo). Las bajan son del 0,5% el impuesto a los débitos y el 0,25% a las acreditaciones.
Otros exentos del pago al Impuesto al Cheque son las Obras Sociales y sistemas de Salud Pública, dada su condición de exentos al pago de Ganancias.